La pretensión es, al iniciar un proceso civil, la razón por la que, vulgarmente hablando, has denunciado.
Caso 1.
Herr Adolf, vecino de Mossolina, decide demandar a ésta porque no le devuelve la maquina de cortar cesped que le prestó.
En este caso es muy evidente cual es la pretensión: que se le quite a Mossolina el cortacesped y se le devuelva a él.
Caso 2.
Herr Adolf y Mossolina deciden casarse. Tras un matrimonio muy tenso, Herr Adolf presenta una demanda de divorcio en el Juzgado.
Aquí la pretensión también es facil de ver, aunque no es tan gráfica por no ser un objeto material, es una situación jurídica (el matrimonio) que se pretende eliminar.
Una vez definido, me gustaría explicar las 3 clases de pretensiones que podemos exigir si alguna vez demandamos a alguien en un juicio civil, que pueden a ver:
1. Pretensión declarativa: con esta solo pedimos el reconocimiento de una situación jurídica, por ejemplo que estamos casados. También sirve para reconocer derechos, es decir para probar que soy el dueño de un determinado bien. Su utilidad es menor a las posteriores.
2. Pretensión de condena: es como la declarativa, solo que además se exige una conducta posterior, vamos que diga de quién es la cosa o que es lo que me deben y además me la entreguen o me paguen, o me hagan la zanja,... es decir es una pretensión de condenar a alguién a hacer algo.
3. Pretensión Constitutiva: es igual que las anteriores, pero actua para modificar situaciones jurídicas que sólo puede llevar a cabo un Tribunal, por ejemplo casarte, o como en el caso anterio, divorciarse.
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